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Fallos: 173:185 de la CSJN Argentina - Año: 1935

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Argentina, desde el día de la interposición de la demanda, suma que debía depositarse en la Caja Nacional de Jubilaciones Civiles, a que condenaba el Juez Federal de la misma ciudad.

En la causa criminal seguida contra Clementino, Sergio y Camilo Díaz por el delito de homicidio y hurto, imputado a los tres, perpetrado en la persona de Zenón Rivero, hecho ocurrido en el lote III, Letra D de El Odre, Departamento de Limay Mahuida, del Territorio Nacional de la Pampa Central, el día 11 de Mayo de 1932, el Juez Letrado del expresado territorio condenó a Camilo y Clementino Díaz a sufrir prisión perpetua, y Sergio Diaz a reclusión perpetua, con las costas y accesorias legales, absolviendo a este último por el delito de hurto, sentencia que fué confirmada por la Cámara Federal de Apelación de Bahía Blanca. Elevados los autos a la Corte Suprema, el Tribunal con fecha 5 de Julio de 1935, en razón de tratarse de un homicidio simple previsto en el art. 79 del Código Penal. cometido en despoblado, en pandilla, por venganza, con apropiación ulterior de algunos efectos de la victima, y de conformidad con los arts. 40 y 41 del citado Código, reformó la sentencia apelada y condenó a Sergio y Clementino Díaz a sufrir la pen de veinticinco años de reclusión y a Camilo Diaz veinticinco años de prisión, atenta su menor edad.

Doña Carmen E, M. de Mones Cazón y otros instauró demanda contra la provincia de Buenos Aires, por repetición de lo cobrado de más en concepto de impuesto a la herencia, manifestando que la liquidación del impuesto relativa a los bienes situados en jurisdicción de la Provincia demandada fué realizada en el expediente respectivo, fijándose en concepto de impuestos la cantidad de pesos 125.859.50, la que fué abonada hajo la de

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Año: 1935, CSJN Fallos: 173:185 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-173/pagina-185

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