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Fallos: 189:396 de la CSJN Argentina - Año: 1941

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zada en propiedad privada, ordenada por razones de ornato o estética; pero tiene el carácter de una contribución porque el pago se exige en virtud de un acto de imperio de la autoridad.


IMPUESTOS A LOS FERROCARRILES,
La ley N" 10.657 exime a las empresas ferroviarias de las contribuciones por construcción de cereos, asi como de veredas fuera del frente de la estación; si bien deben eercar el camino en los lugares y en la extensión que determine el Poder Ejeentivo Nacional.

CONSTITUCION NACIONAL: Constitucionalidad e inconstitucionalidad. Ordenanzas municipales,
IMPUESTOS A LOS FERROCARRILES,
La ordenanza N" 3851 de la Municipalidad de San Francisco, en cuanto ordena la construeción de veredas y cercos o verjas artísticos al Ferrocarril Central Córdoba, es contraria a las leyes nacionales Nros. 5315 y 10,657 y al art, 31 de la Constitución Nacional,
DICTAMEN DEL Procuranor GENERAL
Suprema Corte:

En la presente causa se ha discutido si el Ferrocarril Central Córdoba tiene o no derecho a repetir lo que pagó a la Municipalidad de San Francisco de esa provincia, en concepto de construcción de una verja que, por cuenta de dicho ferrocarril, realizó la Comuna en cumplimiento de ma ordenanza municipal; y si por la construcción de veredas frente u terrenos del mismo ferrocarril, debe o no éste cargar con los gastos de tales trabajos.

El recurso extraordinario de apelación interpuesto ha sido admitido por Y. E. en ensos similares:

135:19 ; 161:437 ; 173:330 (con transeripción de antecedentes en Gaceta del Foro 118:311 ); 184:23 .

En cuanto al fondo del asunto, las cuestiones

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Año: 1941, CSJN Fallos: 189:396 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-189/pagina-396

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