E 3 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
ha del Interado, que de ctra manera quedara a de neral É de los jefes de las oficinas en cuestión (').
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E PROVINCIA DE SAN JUAN v. SOCIEDAD
e COOPERATIVA MUTUA LTDA.
É RECURSO EXTRAORDINARIO: Principios generales.
E Es improcedente, Nr no hallarse fundado en la forma que Ur requiere el art. 15 de in ley N" 48, el recurso extraordiE nario interpuesto en los términos siguientes: "contra la o sentencia de fs. 35 a fs. 36 vía. y su aclaratoria de fs.
E 39 interpongo el recurso extraordinario de la ley N° 48, ES art. 14, por cuanto dicha decisión es contraria a la validez - de los arts. 5", 19, 104 y 105 de la Constitución de la E Nación, que he invocado oportunamente en la enusa" (3).
E RECURSO EXTRAORDINARIO: Sentencia definitiva.
Es improcedente el recurso extraordinario interpuesto Hi - contra la sentencia que manda llevar adelante la ejecu" ción por vía de apremio, seguida por el fisco provincial 5 contra una sociedad eooperativa, por cobro de la suma de $ 2.675 en concepto de patente (°).
E F. C, €. CORDOBA v. MUNICIPALIDAD DE SAN
É FRANCISCO
RECURSO EXTRAORDINARIO: Cuestión federal, Casos, Lenes del | E Congreso.
Proeede el recurso extraordinario contra la sentencia ad+ versa a los derechos fundados en disposiciones de la Cons> titución Nacional y de las leyes nacionales Nros. 5315 Fo y 10,657.
+ "° a Fecha del fallo: mayo 26 de 1941. Ver Fallos: 5, 423; 121, 183; F (2) Fecha del fallo: 24 de mayo de 1941. Ver Fallos: 132, 57; + 187, 96; 189, 170, 6 (3) Ver Fallos: 159, 241 y 285.
Y A
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Año: 1941, CSJN Fallos: 189:394
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