Que de acuerdo con las conclusiones que preceden, la jurisprudencia de esta Corte ha establecido que la Caja Nacional de Ahorro Postal, creada por la citada ley del Honorable Congreso número 9527 es una institución de carácter federal, cuyos actos están todos regidos por dicha ley desde el momento que se trata de su interpretación en casos como el presente en el que se procura averiguar dada su organización, el fuero correspondiente para el conocimiento del pleito que se ventila:; haciendo constar que tal es la doctrina uniforme de este Tribunal, en casos como el de autos, consignada desde el tomo 18 pág. 162 de sus Fallos, reproducida sucesivamente, teniendo en cuenta entre otras razones, que creaciones como la que se trata no han sido, según queda dicho en mira de intereses privados del Estado o de las personas, sinó con el propósito de un interés público en cuya virtud se le han acordado las garantias y exenciones de que disfruta (Fallos, tomo 151 pág. 51 ). Y en una decisión más reciente y de más completa analogía con este caso, se ha expresado que a la justicia nacional le incumbe resguardar los derechos e intereses de la Na. ción, y si "los crimenes que tiendan a la defraudación de sus rentas u obstruyan o corrompan el buen servicio de sus empleados" deben ser juzgados por ella, es lógico que lo sean igualmente los que tiendan a la defraudación de sus demás bienes o corrompan el buen servicio de sus empleados con la apropiación ilegítima de lo que ha sido confiado a su custodia; y en consecuencia aun cuando se trate de un delito de derecho común, el conocimiento de un caso como el "sub judice", corresponde a la justicia federal, con arreglo al artículo 3." inciso 3 de la ley número 48 y al artículo 23 inciso 3° del Código de Procedimientos Criminales (Fallos, tomo 148 pág. 29 ).
Que son asimismo de pertinente aplicación a estos autos otras consideraciones del citado fallo, pues es evidente que no puede ser óbice en el caso a la procedencia del fuero federal, la circunstancia de que le sean aplicables determinadas disposi
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Año: 1925, CSJN Fallos: 144:175
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