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Fallos: 123:183 de la CSJN Argentina - Año: 1916

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DE JUSTICIA DE LA NACION 188. Ea n FALLO DE LA CORTE SUPREMA 4 Buenos aires, Junio 3 de 1916.

Antos y vistos: el recurso de hecho por apelación dene- —— gada interpuesto por Pointis y Salavin contra sentencia de la Cámara de Apelaciones en lo Federal en la causa seguida contra el señor Manuel Tarasido sobre usurpación y uso indebido — de marca de fábrica y de comercio.

Y considerando: a Que para fundar los recursos de nulidad y apelación que se deducen invocando los articulos 14. inciso 3." de la ley número 48 y 6 de la ley 1". 4055, se alega que "la sentencia recurrida se limita a consignar que el conjunto de rayas agrupadas en la — parte cilindrica de la bisagra que se le atribuye al querellado no se presta a confusión con el dibujo que constituye la marca de los señores Pointis y Salavin, destinada a aplicarse según el fallo a la superficie plana de los objetos que distingue, y por ello, confirma sin más consideraciones, con costas la sentencia apelada".

Que no procede, en el caso, el recurso de nulidad por no hallarse comprendido en el de apelación que autorizan los artículos que se citan de las leyes número 48 y 4055 (Fallos.

tomo 102 pág. 43 ; 108, pág. 59:115 , pág. 12 y otros).

Que si una marca se presta 0 no a confusión respecto de otra es un punto de hecho que esta Corte no puede rever en.

causas que no vienen a su conocimiento por la vía ordinaria " de apelación, como se ha resuelto en casos análogos y se desprende de los artículos 6.° ley 4055 y 14 ley número 48 (Fallos, tomo 97 pág. 319 ; tomo 101 pág. 08 .

Por ello, no se hace lugar a la queja que se deduce y archívese. E A. BermEJO. — D. E. Paracio. —
J. FIGUEROA ALCORTA,

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Año: 1916, CSJN Fallos: 123:183 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-123/pagina-183

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