- La que comprende la totalidad de un patrimonio o parte proporcional del mismo. La sucesión universal equivale a la herencia en sentido estricto; y el sucesor universal, al heredero (v.e.v.) por antonomasia.
Para ej Cód. Civ. arg.: "La sucesión a título universal es la que tiene por objeto un todo ideal, ain consideración a su contenido especial, ni a los objetos de esos derechos" (art. 3.281). (v. SUCESIÓN A TÍTULO SINCULAR.)
[Inicio] >>

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual