- Aun veri íicada con entrega de bienes, la mejora hereditaria (V.O.V.) éS revocable; a meaos de haberse hecho en capitulaciones matrimoniales o por contrato oneroso hecho con un tercero (art. 827 del Cód. Civ. esp.). Sin duda, la nulidad o ineficacia de las capitulaciones del contrato deja 9in efecto la mejora, y en libertad para acrecentar así otras legítimas, o mantenerlas iguales, a voluntad del testador, (v. REVOCACIÓN DE TESTAMENTOS.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual