Definición de REGISTRO DOMICILIARIO


    El que la autoridad competente puede realizar para la investigación de alguna denuncia o acusación, o ante sospechas fundadas en hechos anormales cuyo conocimiento o remedio es de interés general, o para socorrer a quien sea víctima de delito o de desgracia.
    Para no incurrir en el delito de allanamiento de morada (v.e.v.), la autoridad o sus agentes deben proceder con mandamiento judicial o al amparo de facultades extremas derivadas de las leyes de orden público, o con la excusa o eximente de actuar por imperiosa necesidad y al servicio de la justicia, (v. ENTRADA Y REGISTRO EN LUGAR CERRADO.)

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