Definición de REGISTRO DE PRÉSTAMOS USURARIOS


    A consecuencia de la Ley esp. de 1908, represiva de la usura, fué establecido, en la Dirección General de los Registros, una oficina en cuyos libros se toma razón de las sentencias firmes en que se declare la nulidad de los préstamos por motivos usurarios. Se trata así de determinar la reincidencia, que es punible. En las audiencias territoriales existen registros subordinados a aquél.
    Ofrece este Registro la singularidad de su carácter secreto, contra la publicidad habitual de tales organismos. Las certificaciones del mismo sólo se expiden ante petición de los jueces o tribunales, o a instancia de parte. Esta oficina está organizada por tarjetas o fichas, para facilitar la clasificación y busca de los usureros.


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