- Si, por negligencia u otra especie de culpa, el heredero no principia o no concluye el inventario en los plazos y con las solemnidades legales, se entenderá que acepta la herencia pura y simplemente (art. 1.018 del Cód. Civ. esp.). (v. ACEPTACIÓN DE HERENCIA.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual