DE JOSTICIA NACIONAL 213 Notifíquese original y repóngase el papel.
Ocravio Brno. —Nicanor G. DEL Sonar. — M. P. Danact. — A.
BrrnuEJO.
CAUSA XLVIIN
Sumario contra el Ferro-Carril Nord-Este Argentino, por defraudación de rentas fiscales, Sumario.—1" El hecho de desviarse mercaderias del destino que les corresponde por la ley para poder ser importadas libres de derechos, cae bajo la sanción de los artículos 1025 y 1026 de las Ordenanzas de Aduana y del decreto Regla mentario de la ley de la materia si aquellas fueran introducidas por un ferro-carril, 2— Tratándose de fraudes contra la renta fiscal ó de contravención ú las Ordenanzas de Aduana, deben aplicarse las penas pecuniarias establecidas por esta última legislación, no obstante la fulta de intención dolosa ó iguorancia del hecho que pudiera alegarse. En tales casos no tiene aplicación lo dispuesto por el artículo 43 del Código Civil.
Caso.—Lo explican lus siguientes piezas:
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Año: 1904, CSJN Fallos: 99:213
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