CAUSA XIII
Contienda de competencia entre el Juez de Sección de Mendoza y el Juez de lo Civil y Comercial de la misma provincia, en los antos iniciados por el Fisco Nacional contra 4 Doña Rosa de Suligot, por robro de impuestos internos. ; Sumario.—1 El inciso 1°, artículo 12, ley número 48, no hace distinción entre acciones emergentes de créditos privilegiados ó comunes; disposición legal que el articulo 58 de la Ley número 4156 confirma, en cuanto establece que la deciaración de quiebra atrae al Juzgado de la misma todas Ins acciones judiciales contra el fallido con relación á sus bie= nes. :
La autorización que contiere la última parte del artículo 83 de la ley número 4156, no debe entenderse en el sentido de E que los acreedores privilegiados en general, pueden promo- 1 ver ú seguir sus acciones ante otros jueces que el que conoce 4 del juicio universal. , 1 3—El grado del privilegio consagrado por el artículo 19 de la ley número 3764, igual en sus términos al artículo 23 de a la ley número 3681, y el punto relativo ú las condiciones de i la concurrencia de la Nación con los acreedores comunes en Y los casos previstos por el artículo 126 de la ley número 4156, ° deben decidirse por el Juez ante quién están obligados todos :
los acreedores ú gestionar el pago de lo que se les deba, ——— sin perjuicio, para la Nación, del recurso del artículo 14 de 3 | 1 á =d
Compartir
89Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1903, CSJN Fallos: 98:405
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-98/pagina-405
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 98 en el número: 405 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos