comprobar si entre los concurrentes se hallaba alguna persona a conocida como jugador (fs. 3 y fs. 4). declaración que, aún —— dándole eficacia legal, sólo comprobaría el hecho notorio é indudable de que ú un club permanente entra y sale gente. y Producido en seguida el allanamiento del club y levantada el acta respectiva de fs. 7, no resulta tampoco de ella comprobada la sospecha que motivara la orden, pues no aparece que ninguna de las personas apresadas lo fuera por ser alguna «de las personas que tuvieren una casa de juegos de azar» ó que fuera «el administrador ó el banquero» ete,, cuya existencia enracteriza y define la casa de juego, según la ley, sinó simplemente por habérseles encontrado en el interisr de la casa, siendo de ellas, quince socios comprobades como tales, según los libros del elub, y ocho empleados y mozos del servicio, todos los que si bien no jugaban en el neto de la sorpresa, confiesan algunos qeu estaban por jugar, como otras veces lo habían hecho, por creer que en elle no faltaban á la ley, como se hacía en todos los clubs, Las netuaciones posteriores ú la acusación fiscal de fs. 170, no agregan prueba alzuna á la que queda analizada, y sí, más bien, las pruebas de descargo ofrecidas por la defensa, que destruyen los fundamentos de la acusación, la que, por otra parte, no se basa en un estudio prolijo de la voluminosa causa, con todo el cuerpo de los libros adjuntos, como puede apreciarse por su simple lectura, Por las consideraciones expuestas; por las concordantes de :
los escritos de los defeusores de fs. 171, 180, 186; por lo que resulta de la pericia caligráfica de que instruye el informe de —_.
". 13, que destrnye por completo la base del prosedimiento , policial, que tiene por fundamento la sola denuncia de fs. 1", la que tiene por efecto de dicho informe y el contenido de la carta de fs. 11, suscripta por el mismo denunciante, viene ú resultar maliciosa y como movida por al interés particular que 16
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Año: 1903, CSJN Fallos: 98:241
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