FALLO DE LA SIPREMA CONTE
Buen: Jires. Cetubre 13 de 1903, Autos y vistos:— Resultando del precedente informe de la Ecxma, Cámara de Apelación de lo Civil, que el recurrente dejó consentir la resolución del Juez de 1' Inctancia, en que no se le hacía lugar en definitiva, á la excepción de incompetencia que había deducido, se declara bien denegado el :
recurso interpuesto y archívese, previa reposición del papel.
Octavio BrsGE.--Nicaxon G. DEL Sonar. — M. P. Danact.— AA.
BenuEJo.
CAUSA LXXIV
Banco Nacional en Liquidación con el concurso de don Lindor S. Quiroga. Recurso de hecho Sumurio.— 1" Procede el recurso extraordinario autorizado por el inciso +' del art. 11 de in ley número 45, contra la resolución de carácter definitivo, denegatoria del derecho fundado en el art. 20 de la ley número 3037, sobre liquidación del Banco Nacional, ' La simple adjudicación de bienes del concursado, hecha en favor de los acreedores, sin el otorgamiento de las escrituras
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Año: 1903, CSJN Fallos: 98:143
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