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Fallos: 96:261 de la CSJN Argentina - Año: 1902

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es clara no e- procedente el recurso de aclaratoria de la misma.

Caso, —Resulta lel 1 LLO DE LA SUPREMA CORTE Jmuenos Aires, Ostabre 14 de 1902.

Vistos resulta:

1. Don Cárlos Casado demanda ú la Provincia de Santa Fé ú fin de que sea obligada ú entregarle enarenta y nueve leguas de tierra de clase semejante ú las que le escrituró en el extre mo $. 0. de dicha provincia, lindando con la de Buenos Aires y Córdoba y ú abonarle como indemnización de perjuicios, ochocientos treinta y cinco mil pesos m/n c/l, ú lo que esta Suprema Corte considere justo; y en el caso en que la parte demandada no pudiese ó quisiese entregar tierras de la clnse expresada, que sen condenada á pagarle dos millones trescientos treinta mil pesos, que es su valor, y los nchocientos treinta y cinco mii pesos referidos, con más, tanto en el primero como en el segundo supuesto, los frutos é intereses correspondientes desde la fecha de su demanda hasta el completo pago y las costas, 2. Que fundando su acción, expone el actor que en 17 de Octubre de 1881 el Poder Legislativo de Santa Fé dictó una ley autorizando al Poder Ejecutivo para contratar con él lo conducente ú In construcción del Ferrocarril Oeste Santafesino bajo las bases que en ella fueron establecidas.

3. Que en doce de Noviembre del mismo año 1831 y con sujeción estricta ú la ley mencionada, fué otorgado un contrato, por cuyo artículo 15 el Gobierno de la Provincia debía concederle 150 leguas que serían escrituradas por terceras partes, ú medida que se construyan las tres secciones del ex

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Año: 1902, CSJN Fallos: 96:261 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-96/pagina-261

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