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Fallos: 96:194 de la CSJN Argentina - Año: 1902

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191 VALLOS DE LA SUPHEMA CORTE pector ú fs. 61 476, que se convierten en cargos graves contra el señor Medina, cargos estos que no han sido levantados ni en pruebas fehacientes ni con pruebas ó justificativos claros y concretos; al contrario, reconoce el señor Medina en su misma defensu de fs. 81 á 99, que existen efectivamente las diferencias denunciadas; oponiéndose únicamente á pagar sobre la cantidad consignada, alegando que el impuesto solo debe abonarse sobre la cantidad vendida; y también que las mermas en los alcoholes era cosa muy natural que suceda por su naturaleza propia.

Respecto ú la diferencia de grado, (35' á 30) no niega; solo culpa á la diferencia de temperaturas y ú las imperfecciones de los alcoholómetros; pero estos inconvenientes pudo remediar el señor Medina, como lo demuestra claramente el informe del perito químico de fojas 121 á 122 solicitado por el mismo señor Medina ú fs. 117.

En cuanto ú la falta de transcripción de los asientos de los libros, el suscrito no estima que sea una forma esencial en la compulsa, ni que pueda ser un vicio de nulidad: 1" porque no existe ley que lo exija; y 2- porque en el fondo el resultado sería el mismo, una vez que la compulsa practicada por el perito señor Paez,—en la forma en que ha sido he cha, —contra ella nada se ha argitido de falsedad ni se ha observado que entre ésta y las constancias de los libros de las casas del señor Medina y los libros rubricados por el Inspector de Impuestos Internos exista diferencia alguna.

2 Que defectos y vicios de nulidad en el procedimiento empleado para averiguar y comprobar la verdad de los hechos, no existen, pues segun la ley (art. 178 Cód. de Proc.

Crim.) para la comprobación de un hecho delictuoso no es tablece especialmente las diligencias que han de practicarse, Y así, el Juzgado estimó lo bastante al particular, la compulsa de los libros del señor Medina; y si no exigió alguna

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Año: 1902, CSJN Fallos: 96:194 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-96/pagina-194

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