recurso autorizado por el art. 11 de la ley de jurisdicción j y competencia es improcedente, Caso.—Resulta de las siguientes piezas:
VISTA DEL PROCURADOR GENERAL
Suprema Corte:
Se trata del cobro de impuestos municipales ú casas de negocio instaladas en la estación del Ferrocarril del Sur, y su ; cobro solo alcanza ú la suma de 495 $ moneda nacional, Por la naturaleza de la causa, por su menor cuantía, por razón del carácter municipal de las disposiciones que rigen esos impuestos, limitados ú | circunscripción de la Capital Federal, pienso que el recurso de hecho traído contra la resolución del Señor Juez de la Capital, corriente á fs. 60 vuelta, no procele en el caso, y pido á V. E. se sirva así declararl».
Sabiniano Kter.
Abril 1 de 15.07
FALLO DE LA SUPREMA CORTE
Buenos Aires, Abril 10 de 1902.
Antos y vistos: Considerando: Que si hien es cierto que en la oposición de fs. 13, el Ferrocarril del Sur ha invocado en su apoyo, además de la ley y actos provinciales de concesión, las leyes vigentes sobre ferrocarriles, no lo es menos E que ni ha determinado el carácter de estas leyes, ni las ha precisado individualizándolas.
Que al interponer ú fs. 63, el recurso de apelación para ante esta Suprema Corte, autorizado por el art. 11 de la ley de jurisdicción y competencia, dice, por primera vez, que la
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Año: 1901, CSJN Fallos: 94:317
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-94/pagina-317
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