Que, en virtud de esa autorización, su representado había edifieado y poblado todo el lote; no consiguiemto la escritura ción del terceao en las diversas ocasiones que vino ú esta ciudad, unas veces porque el vendedor estaba ausente y otras porque existía una hipoteca; habiendo pasado diez años desde que compró y pobló dicho terreno y deseando pagar el precio, que según lo establecido por el dueño sería el que se habría pagado en « Laboulaye », demandaba ú Ravenseroft para que fuera eondenado ú otorzar la escritura de venta del referido terreno y al pazo de las costas del juicio.
Conferido traslado al demandado, éste se presentó ú fs. 17. :
pidiendo prórroga para evacuarlo, la quele fué concedida, pero no habiéndolo efectuado, se le dió por decaido el derecho dé hacerlo ú fs. 21.
Par el anto de fs. 21 vta, se recibió á prueba la causa, habiindose producido la que indica el certificado de fs. 41, toda por el actor, quién presentó el alegato de fs. 45, dictándose la providencia de fs. 50 en que se llamaba autos para sentencia, Y emsiderando: — Que con arrezlo al texto espreso del artículo 80 de la Ley Nacional de Procedimientos, el demandado está en el deber de confesar ó nezarlos hechos objetos de la controversia. :
Que, por consecuencia, el silencio del demandado ú su respecto, autoriza al tribunal para tenerlo por confeso al tenor de los mismos hechos alegados. Tomo 21, pag. 170, Fallos de la Suprema Corte Federal.
Que no obstante la consideración precedente y la disposición emcluyente del artículo 185 de la ley procesal, el actor ha rendido la prueba testimonial y de posiciones que indica el certificado del señor Secretario y que comprueba evidentemente todos y cada uno de los extremos invocados por Riglos | Cosis, Los testigos Bunge, Peña, Duggan é Isoliv han declarado ú
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Año: 1901, CSJN Fallos: 94:219
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