0 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE do con lo dispuesto en los artículos mil cuatrocientos sesenta y seis y mil quinientos cuarenta y tres del Código de Comercio se confirma, con costas, el anto apelado de foja setenta y siete, Notifíquese con el original y devuélvanse, debiendo reponer se los sellos ante el interior, ABEL BAZÁN. — OCTAVIO. BUNGE, —
NICANOR G. DEL SOLAR. — MAURI
ero P, DARrer,
CAUSA CCOCLNN VI
Nogueira y Guaco, promoriendo inhibitoria contra lox jueces ordinarios Sumario, — El demandado que ha contestado la cdememad a te los jueces ordinarios, no puede ocurrir á la justicia nacional por vía de inhibitoria invocando el fuero federal por razón de personas.
Caxo. — La indica el signiente
FALLO DEL JUEZ FEDERAL
Buenos Aires.
Autos y vistos : Considerando :-1° Que como resilta de los escritos de fojas 17 y 19, las partes han aceptado la jurisdieción
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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:90
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