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Fallos: 92:87 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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DE JUSTICIA NACIONAL 87 Ñ
Por esto, téngase el actor por desistido de su demanda, con costas, entregándosele el poder y carta de la referencia, previa constancia en autos, Hágase saber en el original, repóngaxe el papel y archívese, E. 4. Lujambio.

..


FALLO DE LA SUPREMA CORTE
Buenos Aires, octabre 22 de 101, Vistos : Por sus fundamentos se confirma el anto apelado de foja veinte y cinco, con costas; no haciendo Ingar al reenrso :

de nulidad por no encontrar méritos para ello, Notifíquese original y repuestos los sellos devnélvase, ABEL BAZÁN. — OCTAVIO. BUNGE, —
NICANOR G, DEL SOLAR, — MAURI
ero P. Daracr.

CAUSA CCCLNNVI ,
Manuel Touriño, en juicio de quiebra; obre concordato A " Sumario. — No puede ser oído sobre concordato el fallido 5 contra quien existan indicios de dolo ó fraude, , 4 a Cao. — Lo indica el siguiente :

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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:87 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-92/pagina-87

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