ERA ip " Lo FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
FALLO DE LA SUPREMA CORTE
Buenos Aires, octubre 19 de 1901, Vistos y considerando: Que el derecho de propiedad del de mandante don Enstoquio Díaz Vélez sobre la fracción de terreno que le correspondió en la división entre los herederos de su padre el general don Eustaquio Díaz Vélez de los que pertenecieron á éste en virtud de las adquisiciones comprobadas por los instrumentos que en testimonio corren de fojas ciento cinenenta y dos á ciento cinenenta y seis y de fojas doscientos siete á doscientos treinta y enatro, resulta plenamente averiguado por el mérito de la operación y actos judiciales relatiy. — que se lía cen constar en el testimonio de fojas doscientas treinta y cinco á doscientos enarenta y dos, Que la escritura de foja cineo acredita la compra hecha por el demandante del sobrante fiseal que se comprendió en el lote que le enpo en la mencionada división, sobrante enya superticie medía ochocientos noventa y ocho milésimos de lega enmdrida citada escritura y operación de división á fojas doscientas treinta y meve vuelta y doscientas enmrenta).
Que el terreno de la enestión es parte del que según los instramentos mencionados pertenecen en propiedad al actor, o que consta de esos instramentos y del plano de foja ciento ochenta y enatro: debiendo observarse que la verdad de ese hecho no ha sido siquiera contestada.
Que dicho plano, el artículo primero de la ley provineial de veintiocho de septiembre de mil ochocientos setenta y ocho que dispuso la expropiación del terreno de una Jegun de frente por dos de fondo destinado á la fundación del pueblo de Necoches, el informe del departamento de ingenieros de foja ciento treinta
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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:82
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-92/pagina-82
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