432 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE conformidad de la señora de Ackerlev con la extensión y limites del terreno de su propiedad, no pmese abrigarse la menor dida de que solo pertenece a su titulo la parte de ese terreno que ocnpa la prolonsación de la calle Brasil husta Megar sa da zianjo que lo delimita por la parte del naciente y que se halla proyi mer al No de la Plata, sin que deba reconocerse ú eel Viso mm sola pulsada de terreno más alla de esa zanja porque esreee para ello de titulo.
Que el titulo que del Viso alega para reclamar como suyo los terrenos que masilla de la zanja se atribuye en residuo de la es eritura de division de condominio que ha presentado, es la men sura del agrimensor Ouen, de 1587, la que salvando del modo más arbitrario la zanja que delineaba la propiedad de la señora de Ackerley, invadio los terrenos colindantes, en considerable extensión, prolongando las hneas delos costados norte y sind de dicha propiedad hasta st intersección dentro del bro de da Plata, Que dicha mensura se praetico como lo dice también La sen tencia apelada, en absoluta disconformidad con las indicaciones del titulo de Ackerley y de la diligencias de mensira y planos que asi lustran, es un hecho de la más perfecta es tdeneia, según se demuestra por el mérito de las menstiras ya mencionas y muy especialmente por los amplios informes del perito ingenie ro Williams, de foja ciento sesenta y seis, y por ello de la direeción general de las obras hidranlieas de la nación que se re gistra agregada 1 estos ¡mtos, Que anni ermano La mensira de Oynela Mé aprobada judicial mente previo informe favorable del departamento de ingenieros y eontormidad del agente fiscal, tal eirennstancia no constituye ni hace, enel caso, de esir menstira tn título válido para adeuí rir derecho que evidentemente no acordaba á la señora de Ae kerley si titulo, enyo contenido en_lo referente a la extensión, y dimensiones del terreno lar debido traducir exsetamente
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Año: 1901, CSJN Fallos: 92:432
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