Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 90:347 de la CSJN Argentina - Año: 1901

Anterior ... | Siguiente ...

DE JUSTICIA NACIONAL uy

CAUSA UNI,
Von Vicente Bianchi contra la empresa del Ferrocarril del Sui por daños y perjuicio Sewario, — Corresponde el reeliazo e La elepurmba, prostucida resulta que el accidente ocurrio, no por valpa ee La empresi, sine por impredencia grave del que anirio el daño. ° Caso, — Larexplica el signiente N Farro »EL Ju rZ Fenrnas. — Menos Arres, mayo 20 ele ENE. — Acs tos y Vistos 2 Los presentes segtiidos por dot Vicente Bianchi contra La empresa del Ferrocarril del Nue. sobre daños y perjuicios, y Resulta : 17 Que á foja 3, don Sivto Fernández, et representación ide 7 Hianchi, expone : Que en empplimiento de st mandato denzanda al Ferro- y eurril le Sul per eb pego ele la sims ele 50.000 mil pesis moneida nacional | en que estima st mandante la pórdida de »i brazo derecho acivrida por " culpa de Ln empresa, en mérito de los hechos siguientes : Que vtr la noche Y del 19 de diciembre del año próximo pusado, xt representado revisuba, por + order del inspector Sineluir, unos vagones de carga de mt tren que estaba | parado y en cirenmstancias que estaba Henatido sit cometido, vinieron otros y vagones cargulos y chocaron con el que estaba revisatulo y tomindele de + un costado lo derribó al suelo, pasandole los vagones por eneima deb bra "4 20 derecho, que quedó completamente separado del cuerpo, Que el derecho din ale st mandante pura exigir una indemuización por la perímida ade exe ] miembro es indisentible, pues que el accidente tavo Jugar por etilpo de la | empresa, por no haberse dado por medio de pito la señal de que el con- y:

voy se ponía en movimiento, como lo preseribe la ley de ferrocarriles. | 2 Qne corrido traslado, don Jess A. Tenorio en representación «de a u empresa, contesta 3 que los hechos en aque se fanta la demanda hu sido Y errónea y maliciosmente narrados, pres que el sereno Bianehí, etiyo mis a sión especial era vigilar esa noche un convoy de vagones enrgados de maiz EA estacionados en la vía número 2, se prso d descansar é resguardarse de la :

Navia que caía, al final dde ana serie de vagones que se hallaba colocados a en la vía número E, sentándose en uma eanaleta que eruza dicha vía y, | aporando st espalda en el último vagón, donde =e resginarilaba de La Mu- a
VA con MN pueragias, Que la naturaleza de =tis Punciones mo le ahbigQabian L
vulocarse entre las vías, antes por el contrario, su situación en la vía nú mero 1 constituía no sóle una impridencia site nus falta grave, pues nadie mejor que él sabía que en ella se estaba formatido mt tret, enyoa eperación se efectuó von toda proligidad y enidade, de conformidad en an Y tudo 4 le preseripto por la ley + regimiento de ferrocarriles, como lo vomprieba el hecho de que los dos vagones que se jumarma d los veinte existentes y cuyo impulsó fué el que motivo el incidente fueron agregados 378 tan suavemente que las riedas del último no alcanzaron á dar sino media |

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

71

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1901, CSJN Fallos: 90:347 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-90/pagina-347

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 90 en el número: 347 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos