Que hay, además, ebro aliño pue mo pride calentarse vifiras alía A poor alía. | Que es el sitrimiento experimentado por la injusticia que le obligó ú e Vboeecar' nana polciter sarao" Dev Erideroacales, quersa eleurensto e eprnes m0 pnanteliatete estumeo- ' plió siempre con sa deber, y el ue estima em ln sema ele 10,000) perso, 2 retdiendo el total de los perjuicios ocasionados por la jaetancia del bateo 3 xi sta mtiamaelaamedes shot stbtea EGT,DNG7 presos, | Que la responsabilidad del banco, resulta de que ba ejeentado ma neto : libre apo de es imputable y que por =t entpa ba ocasionado an daño ú otro cart. MOS y 1109, Cónl, Civ». E Concluye pidiemdo que en definitiva se condeno nl Etico Nacional, en Y Inguisación, 4 pagar a ost representado la sumi antes expreseba y Las com ". tas del juicio vomo parte integrante de los daños, + Corrido tradado de la demanda, el demandado lo evación por interime- y alos efes
A : A
DE JUSTICIA NACIONAT. 325 3 Que notificado al banco el cúmplase de esta sentencia, no hizo tiso del y derecho que se de acordaba, siendo necesario aeusarle rebeldía, A Que +1 silencio del banco, demuestra la injusticia de sis provederes y x que xi juetancia hale orasionado graves perfnicios 4 =ii mandante, tanto | morales como materiales, los que deben serle indemnizados por el eta A te de ellos. 1 Que ú4 pesar de la sentencia referida, el banco no excluyo a =ir molar teale ha Tísta ele sti aleitlores morros 3 que los perfitición cameos son lus sigitientes 7 , Perjerició sí st tirmo. porque Las casas intredmetoris del liroral pue con- Í ceder eródito ú sins clientes del interimr, se ¿gmín pur los elites «pue sirión | del Banco de la Nacion Argentina Que por esa razón, se vió el la poerisión de asociar, sin tecesidad, sí sit hegorio de mercaderías, al señor Higinio Blaneo y que després de formada exa asociación, le prirerose mi importe de 30.000 pres eque dejo ei la casa al medico interés del 6 por riento, Que durante el primer wño La casi sinfrio mmeho por la mes: firma, por- "y «potes devo cooreaporatelesress Dies Tetriio Laa eomtalicarazaa catiterier y apuro wsmmmos wsn=ca TITO Vik, | tenía «pue restringir
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Año: 1901, CSJN Fallos: 90:325
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