colentísima Suprema Corte en casos anilogos ; concódese en relación el | recurso interpuesto, debiendo elevarse los autos en la forma de estilo, Kepóngase la foja, — Gaspar Ferrer. : 1 FALLo 0 La SUPREMA CORTE. — [uenos Aires, mayo 21 de 1901, — Vistos: y teniendo en emvideración que con_arreglo al artículo doscientos cinenenta y cineo de la ley de procedimientos el mandamiento de ejeet- b ción y embargo debe entregarse al netor : se restelve, que en el presente | caso, con el mandamiento mandado librar, se observe esa regla, debiendo el ejeentante hacerlo cumplir por metio del oticial de justicia asociado sl secretario de la cata ó en si defecto 4 an escribuno. Notifíquese y res puesto el papel, devnélvanse, — BENJAMÍN PAZ, — ABEL Bazán, — OCTA
VIO BUNGE,
CAUSA CXAXII E
Ranco de la Nación Argentina contra los scñarex leruardo y lcinoso Cabral por cobro de pesos; sobre inhibición, Semario, — Dude por reconocida, en rebeldía, la firma del documento que sirve de hase úá la ejecución, se hace innecesario, para decretar la inhibición contra el dendor, la compulsa de libros, tendiente ú comprobar la existencia del crédito.
Caso, — Lo explica el siguiente INFORME DEL JUEZ FEDERAL, — Buenos Aires, julio 6 de 1900, — Erma Suprema Corte : De nenerdo con la nota de esa Suprema Corte recihida el 30 de junio, en el reenrso de hecho deducido por el Banco de la Nación en autos con don Bernardo Cabral y Reínoso Cabral, don C., paso ú informar á Y. E. lo siguiente :
Con fecha 7 ale abril pasado del corriente año se presentó D, Clemente Sañudo eu representación del Baueo de la Nación Argentina, demandando úá los señores Cabral por cobro de la suma de pesos 32,500 moncida nacio- 3 nal, importe de dos letras, una por pesos 20.000 moneda nacional y otra de pesos 12.500 de igual moneda y el juzgado proveyó lo siguiente :-« Buenos Aires, abril 18 de 1900, — Téngase por parte al recurrente ú merito del poder acompañado : Cítese en forma á los firmantes de la Jetra de fo- ] Jas 1 y 2 comparezcan ú reconocer sus firmas en la amdiencia del día 30 del corriente ú la A mm. bajo apercibimiento de dórseles por reconocidas ' si dejan de comparecer sin justa cansa, — Ferrer ».
Con fecha 19 de abril se presentó el representante del Baneo con nin escrito diciendo : Que he recibido orden del Banco que represento para pedir inbibición aquí y en la provincia de Buenos Aires, contra el señor C.
Keitioso Cabral, por tener noticias de que trata de enajenar sus bienes.
Para que el juzgado pueda decretaria sin difienttad ninguna, pido se sirva disponer que el señor secretario practique aña compulsa de los libros del Banco, y si de ella resulta efectivamente demior el señor Reinoso Ca4
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Año: 1901, CSJN Fallos: 90:319
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