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Fallos: 90:282 de la CSJN Argentina - Año: 1901

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do, por otra parte, el recurso de revisión contra dicha sentencia, no ha lugar 6 lo solicitado. — BENSAMÍN Paz. — AñrL BAzán. — OCTAviIO
E Bvnor. —Jvax E. TORRENT,
CAUSA UXV Don Wilhelm Hubehbaseh contra el capitán del remolcador alemán « Kraft » , mbre abordaje E SuManio. — La acción de daños y perjuicios provenientes del choque ó abordaje, debe seguirse y snbstanciarse por los procedimientos que determina el artíenlo 1269 del Código de Comercio, Caso. — Resulta de las siguientes piezas :

ACTA DEL JUICIO VERBAL, — En 5 de diciembre, comparecieron en juício verbal ordenado, por tna parte el señor 1. Von Freeden con si letrado, el doctor Frías y por la otra el señor J. A, tinereía con e) suyo, doctor García.

Enterados del ebjeto de este comparendo, expuse el doctor. Frías : que pedía se constitayera el tribunal arbitral de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1269 del Código de Comercio, .

Que siendo aquél el Hamado por la ley ú resolver todas Ins enestiones que se promuevan con motivo del abordaje, no puede aceptarse en pago la consigunción hecha por el demandado, puesto que ella se basa en el remultado de la pericia practicada por el señor Vuenmovieh. en la enal no han podido mencionarse perjuicios de otro orden, que sólo pueden fijarse en el juicio arbitral.

Que la carta presentada por el contrario. fué dirigida por el señor Von Freeden en virtud de propuestas de arreglos hechos por el señor Juister y que por distintos motivos quedaron sin efecto dichas propuestas.

Que reserva los derechos. respecto ú los perjuicios entvados por la varadura para el caso en que lo ereyere conveniente, El doctor Gareía expuso : que consideraba innecesario el nombramiento de peritos desde que su representado, aunque sín reronocer derechos, había abonado por la consignación de foja 27, el importe de la estimación que de las averías había hecho el perito propuesto por los actores mismas, Que la carta que obra ú foja... no es condicional como lo demestra == propio texto, Que su mandantes no han propuesto junvís arreglos, mino que lui anifestado siempre ú los actores, privada y judicialmente, que estaban dispuestos á abandonar el importe de las averías que determinara el perito que ellos propusieran, lo que han cumplido, Que, por otra parte, negaba que existieran más averías que las elettiny cladas por el perito y se ratificaha en sus manifestaciones anteriores resE pecto á que el remoleador Kraft no había tenido culpa alguna ni enel A Hs, ' " _—

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Año: 1901, CSJN Fallos: 90:282 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-90/pagina-282

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