CAUSA LUNE.
Doña Rita llerrera de Contreras con D. Patricio Sulas por cobro de pesos.
Simario.— 19 El Juez que se escusa por amistad íntima con na de las partes debe seguir conociendo en la causa si la otra á quien perjudica la causal se conforma manifestando su confianza en el juez, 9 Los Jueces debeñ sobreponerse á ses inconvenientes personales para no privar al público de los funcionarios encargados de administrar justicia.
Caso.—Dictado el fallo de la Suprema Corte en los autos seguidos por D' Rita Herrera de Contreras contra D. Patricio Salas, por cobro de pesos, la demandante pidió se despachara el anto de solvendo.
Fallo del Juez Seecional.
Buenos Aires, Mayo 7 de 1870 Teniendo el intraserito intima amistad con una de as partes, que lo inbabilita para conocer en esta causa, orurra donde corresponda.
Zerraleta
Compartir
54Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1870, CSJN Fallos: 9:132
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-9/pagina-132
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 9 en el número: 132 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos