para la Dársena, el cual esperó que próviamente pasara la máquina.
Despues de estas declaraciones el sumario á que se ha hecho referencia nos ofrece una inspeccion ocular practicada por el señor juez sobre el terreno donde se produjo el accidente y les informes médico-legales sobre la Pasamos á examinar el expediente iniciado ante la Direccion de ferrocarriles nacionales, porque ambos sumarios, por el hecho de emanar de reparticiones públicas, tienen para el Juzgado una validez € importancia indiscutibles, que, en cualquier caso, aun en el remoto de que las diligencias practicadas ante el juez incompetente fueran absolutamente nulas, ellas quedarían en pié, porque no son pruebas expresamente producidas por las partes, sinó actos judiciales y administrativos practicados por mandato expreso de la ley. Je ese sumario resultan confirmadas las declaraciones prestadas ante el juez de instruccion por el vigilante Demuchio, el maquinista y foguista de la máquina que produjo el choque y el guarda-vía Juan Bautista Rebeco; testimonios todos que bastan para determinar el grado de responsabilidad que la demanda asigna á la empresa del Ferrocarril, 5 Es un hecho perfectamente demostrado, y que surge con toda claridad de dichos testimonios, que el accidente se produjo en un momento de confusion y de espanto que lógicamente impedía adoptar una resolucion extrema para impedirlo. La máquina marchaba con más ó menos velocidad, esto es materia de deducciones, porque las declaraciones del proceso se contradicen sobre ese punto, pero se ha reconocido que aquélla iba en órden inverso llevardo un furgon por delante, y que á una distancia de 8 varas antes de llegar á la esquina de Brasil, se vió recien la volanta que, á todo escape, intentó cruzar la vía foja 6 y foja 7 vuelta, del sumario levantado ante el juez de
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Año: 1900, CSJN Fallos: 89:84
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