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Fallos: 86:381 de la CSJN Argentina - Año: 1900

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Y considerando : 1° Que de la confesion del procesado consta que en el arqueo de la caja que llevaba como empleado del telégrafo en la oficina de control tuvo un déficit como de 1700 pesos moneda nacional. El procesado pretende justificar parcialmente la inversion de esos fondos con órdenes del contador para entregar dineros á las habilitaciones de otras oficinas, y además las salidas de otras sumas menores en préstamos hechos á diversos empleados, la mayor parte con órdenes verbales del contador (foja 14).

2" Queno aparecenconstatadas sinó en una ocasion las órdenes para las habilitaciones y aun cuando lo estuvieran todas, siempre resulta constatado con su confesion, que una parte de esos dineros fueron prestados á empleados, préstamo que no aparece haberse hecho por órden superior (foja 19).

3? Que el préstamo de dineros públicos en el caso sub-judice á otras personas, hecho sin facultades para verificarlo, importa el delito de malversacion, previsto y penado por el artículo 83 dela ley penal de 1883, que tiene penas de inhabilitacion y mul= ta cuando se reintegra, pero cuando el reintegro no se ha rea- :

lizado la pena que corresponde á ese delito es la del artículo 80, 6 sea de 5 á 15años de trabajos fo rzados, 4" Que en este caso aparece que el reintegro no se ha verificado segun se vé por el balance y declaracion del contador del distrito, confesion del procesado é informe pericial de foja 49, de i consiguiente, corresponde al procesado la pena antes expresada.

5" Que el juzgado resuelve fijar esta pena en su minimun en razon de obrar en favor del prevenido varias circunstancias atenuantes, cumo ser el no haber tenido intencion de causar todo el mal producido, la poquísima cantidad de las sumas perdidas y otras más (artículo 83, incisos 3° y 7, Código Penal).

6° Que no puede decirse que en este caso haya un simple déficit, que sólo acarree responsabilidades civiles, pues están

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Año: 1900, CSJN Fallos: 86:381 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-86/pagina-381

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