DE JUSTICIA NACIONAL , 30 T
CAUNA XVIII
El Fisco nacional, tuntra la Empresa del Ferrocarril Córdoba y MNoxarío, por multa; sobre recurso directo Sumario, — Estando vencido el término que lu ley acuerda para interponer el recurso de apelacion, debe éste ver denegado, Caso, — Weslta del 
INFORME DEL JUEZ FEDERAL
Rosario, Febrero 14 de 1900. 
Suprema Corte; En cumplimiento de lo resuelto por V. E. en el recurso directo deducido por el representante del Ferrocarril Córdobu y Rosario, en los autos sobre infraccion á,la ley de extincion de la langosta, tengo el honor de informar:
Que en los mencionados autos he dictado la siguiente resolucion:
Rosario, Setiembre 13 de 1899, | Vistos estoy autos para resolver sobre la apelacion inter= | puesta por la empresa del Ferrocarril Córdoba y Rosario, con- , |
Compartir
56Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente 
referencia:
Año: 1899, CSJN Fallos: 83:309 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-83/pagina-309¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 83 en el número: 309 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
 Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos
