Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 83:305 de la CSJN Argentina - Año: 1899

Anterior ... | Siguiente ...

DE JUSTICIA NACIONAL 305 e Ahora bien, señor juez, este sumario fué clausurado hace ya 3 tiempo por auto de V. S., de foja 74, y por consiguiente, ha pa- | sado la estacion oportuna para oponer la excepcion referida L como artículo de prévio y especial pronunciamiento.

Por lo expuesto, pido áV. S. se sirva rechazar, con especial A condenacion en costas, la excepcion que contesto, mandando evacuar derechamente el traslado conferido por auto de foja 74.

J. Botet. | Fale del Juez Federa Buenos Aires, Junio 5'de 1899. :

Y vistos: De acuerdo y por los fundamentos de la preceden- | te vista fiscal, que el juzgado considera ajustados á derecho, y i lo preceptuado por el artículo 444 del Código de Procedimien- q tos en lo Criminal, nose hace lugar, con costas, ála excepcion 4 de incompetencia opuesta por los acusados, y contéstese la acu- A sacion deducida á foja 66 dentro del término legal. j Agustin Urdinarrain. i VISTA DEL SEÑOR PROCURADOR GENERAL a Buenos Aires, Julio 11 de 1899. 3 Suprema Corte: | La vista fiscal de foja 83 ha esforzado la demostracion, po- | niendo de manifiesto la competencia del señor juez a quo para | 1 í a a

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

53

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1899, CSJN Fallos: 83:305 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-83/pagina-305

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 83 en el número: 305 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos