+ s14 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE represento, los autos de fojas 42 y 47 vuelta, vengo ú interponer conjuntamente los recursos de apelacion y nulidad, pidiendo se sirva Y. S. elevar los autos al Superior ú sus efectos. — José M. Fierro.
Al pie se dictó:
Rosario, Diciembre 16 de 1899.
Habiendo vencido el término legal para interponer recurso ú contar desde la notificacion de la resolucion de foja 42, no se hace lugar, de acuerdo con el fallo de la Suprema Corte en el tomo 59 pág. 43 .— Goytia.
Es cuanto tengo que informar á V. E. Reitero á Y. E. las seguridades de mi respeto y consideracion.
Daniel Goytia.
Fallo de la Suprema Corte Buenos Aires, Febrero 20 de 1900.
Vistos en el acuerdo y considerando: Que segun resulta del precedente informe, notificado el recurrente del auto de fecha trece de Setie.abre de mil ochocientos noventa y nueve en veinte y seis del mismo, interpuso recien la apelacion el diez y seis de Diciembre del año próximo pasado, y por consiguiente vstando ya vencido con exceso el término que la ley acuerda para hacerlo.
Por esto se declara bien denegado el recurso interpuesto.
Remítanse estas actuaciones al juez de la causa para su agregacion á los autos principales. Notifíquese original,
ABEL BAZAN. — OCTAVIO BUNGE.
— JUAN E. TORRENT. — E,
MARTINEZ.
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Año: 1899, CSJN Fallos: 83:314
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