ochenta y nueve del Código Civil, desde que no habiendo hecho Sainz suyos los alquileres de la casa, debe restituir á su dueña los que haya percibido, no pudiendo para ello escusar la cuenta que se le pide.
Que con tal motivo, la sentencia apelada ha debido condenar úá don Fransisco Sainz 4 rendir las cuentas de alquileres que se le han pedido, en un término que al efecto se le debía señalar, y declararlo obligado á pagar el saldo que legítimamente resulte á favor de la señora de Bergalli.
Por estos fundamentos y concordantes de la sentencia apelada, se confirma ésta, con costas, debiendo la parte demandada abonar al actor, con sujecion á las condenaciones pronunciadas, el saldo que resulte á su favor de las cuentas cnya rendición se solicitó en la demanda. Repuestos los sellos, devuélvanse,
ABEL BAZAN. — JUAN E. TORRENT.
CAUSA CDLXSN VII
Don Francisco Bouquet contra la empresa del Ferrocarril tiran Oeste Argentino, por daños y perjuicios ; sobre recusacion Sumario. — Estando el juzgado ú cargo de otru juez, no recusado, corresponde devolver á éste los autos.
Caso. — Resulta del
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Año: 1899, CSJN Fallos: 82:364
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