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Fallos: 82:337 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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DE JUSTICIA NACIONAL 337 i | no rige el caso, porque sobre no haber sido conocido por el :

Jockey Club, no forma parte de la legislacion de este pais ni de | ningun otro, a Que hallindose las cosas en ese estado, fué que Turner for- A muló la protesta que se acompaña á la demanda, en la que de- | elaró que no tenía obligacion de continuar prestando sus servi- | cios como arquitecto del mencionado club, E Que por ese hecho y otros que enumera, el Jockey Club tenía motivos suficientes para dar por terminado el convenio con Turner, Que segun la propia declaracion de Turner, había terminado E para él la obligacion creada por el convenio y de vonsiguiente | había terminado igualmente para el Club, quedando el convenio | rescindido por reconocimiento del mismo demandante, y por eso y se le hizo saber que en vista de sus hechos y declaraciones, a quedaba separado de la direccion de la obra, E Que el Club tiene reclamos de mucha consideracion que for= 1 mular contra el demandante, á causa del excesivo derroche de E dinero en los espesores de las paredes, como en las dimensiones i de los fierros y hasta en la composicion misma de las mezclas, | obligando al Club á gastar 400.000 pesos, cuando menos, más :

de lo que era necesario y permitido, sin provecho ninguno, y 4 sin otro resultado que el de haberse aumentado la comision del q 4 arquitecto. a Que, finalmente, ha sufrido el Jockey Clubotros perjuicios de 4 menor importancia que deben tomarse en consideracion, esti- E mando toda la indemnizacion por la suma de 120.000 pesos D moneda nacional, por cuyo pago contrademandaal señor Turner, e E 3" Opuesta á foja 741a excepcion de falta de personalidad en :

el representante de la sociedad demandada, fué contestada á :

foja 77, y resuelta por el juzgado, á foja 84, desestimándola :

por improcedente. :

4 A foja 86 fué evacuado el traslado de la reconvencion, ° Y. LXXXI » ' a

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Año: 1899, CSJN Fallos: 82:337 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-82/pagina-337

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