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Fallos: 81:398 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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— FALLOS DE LA SUPREMA CORTE > Caso, — Resulta del y Yale del Juez Federal y Mendoza, Diciembre 18 de 1897.

ú Vistos : Don Miguel A, Ruíz entabla demanda de tercería de dominio contra el Banco Nacional en liquidacion y los sehores doctor don Pedro A, Guevara y don Ricardo T. Ruiz, en la ejecucion seguida en los autos número 2866, por haberse denunciado al embargo una finca de su propiedad ubicada en la provincia de San Juan, Sostiene que la finca embar gada la hubo por herencia de sus padres don Clemente Ruiz y doña Belcimina Montero de Ruiz y tambien de su fina hermano, don David Ruiz. Que por causa del embargo se han paralizado los trabajos del arrendatario que tenía en su propiedad, con obligacion de plantar ona viña y de hacer otras mejoras; que en el crédito que cobra el Banco, nada tienen que ver él ni su hermano, pues se trata de una obligacion 4 90 dias de plazo, firmada en Abril de 1891 por los doctores Guevara y Ruiz, de 7000 pesos que éstos se comprometen á pagar solidariamente, que no ha tenido conocimiento del documento ni de la deuda y que sólo el ductor Guevara dice, al requerfrsele de pago, que contrajo esa obligacion en el carácter de tutor suyo y de su hermano; pero. no se ha producido prueba ninguna del hecho y los términos del documento destruyen su afirmacion. Que el hecho de ser suya la finca está reconocido por el doctor Guevara y consta del juicio testamentario de sus padres, que posee la finca como heredero legítimo y no ha podido ser embargada por haberla ofrecido el deudor. Por lo cual solicita se declare procedente la tercería y se desembargue y entregue la propiedad, coa costas, duños y perjuicios á la parte contraria.

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Año: 1899, CSJN Fallos: 81:398 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-81/pagina-398

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