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Fallos: 81:402 de la CSJN Argentina - Año: 1899

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É de estos autos (posiciones de foja 62 respecto de la pregunta 2).

6° Que durante la liquidacion de la sociedad Serú hermanos y Ruiz, entre los socios Serú y |. : representantes de la testamentaría Ruiz, el doctor don Pedro A: Guerara era tutor de don Miguel Ruiz y de su hermano David, y el doctor Ricardo T, Ruiz era administrador de la testamentaría de don Clemente Ruiz y representante de sus hermanos Arturo y Vicenta (posiciones de foja 62 respecto de las preguntas 3", 4° y 5", interrogatorio de foja 61).

7 Que justificada la deuda de la sucesion de don Clemente Ruiz, el tercerista don Miguel A. Ruiz ha reconocido que co— rrespondería á los herederos repartirse dicha deuda en la misma proporcion en que habían participado de la herencia (posiciones de foja 62 respecto de las preguntas 10" y 42" del interrogatorio).

8" Quela deuda de la extinguida razon social Serú hermanos y Ruiz por 32.000 pesos con el Banco Nacional en liquidacion fué chaneelada el 16 de Abril de 1889 con tres letras por valor 10.973,10 pesos cada una, suscritas respectivimente por don Vicente R. Serú, don Juan E. Serú y don Ricardo T. Ruiz.

9" Que respecto de la letra firmada por don Ricardo T.

Ruiz, se hizo el 18 de Julio de 1889 una amortizacion de 873,10 pesos firmándose un: nueva letra de 10,000 pesos por los doctores Ruiz y Guevara; despues se han hecho las renovaciones sucesivas por los mismos señores hasta el 26 de Noviembre de 1891, en cuya fecha dejó de servirse la deuda, con el protesto de la ¡etra última por 7000 pesos de 6 de Abril de dicho añ», ú 90 dias de su fecha (informe de foja 68 vuelta de estos autos y foja 3 del expediente ejecutivo número 2866).

10" Que no obstante haberse arreglado la division extrajudicial de ciertos bienes entre los herederos de la sucesion Ruiz, hasta el presente no se ha liquidado la sociedad e Serú herma

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Año: 1899, CSJN Fallos: 81:402 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-81/pagina-402

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