CAUSA CXII.
D. Grnaro Martinez contra D. Luis P. Razetto, por cobro de pesos.
Sumario.—1° El encargo de cobrar un documento, y entregar su valor á quien hace el encargo, si se recibe aquel, es un verdadero mandato.
2 El mandatario debe cumplir las órdenes del mandante, é indemnizarle los perjuicios que le cause desviándose de ellas.
3" El aviso que el mandante dé al dendor del documento de haber ordenado al encargado de recobrarlo por no haber sido pagado con arreglo á sus instrucciones y en la forma debida, no importa la renuncia de sus acciones contra el mandatario que no las cumplió.
Caso. — En 1" de Octubre de 1868 D. Genaro Martinez argentino, entregó á D. Luis P. Razetto, estrangero, vecino del Rosario, un documento contra el Gobierno del Brasil por la suma de 2,657 $ Fis. 30 es, pagadero en Montevideo, obligándose Razetto á abonarla á Martinez en cuanto tuviese aviso del pago allí efectuado, menos 600 $ Fts. que le habia adelantado.
Martinez demandó á Razetto para que le entregase el saldo de dicho documento pagado ya en Montevideo, cuyo saldo era de 300 $ Fis. mas ó menos con sus intereses y costas.
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Año: 1869, CSJN Fallos: 8:72
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