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Fallos: 8:67 de la CSJN Argentina - Año: 1869

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dos á la cárcel ó se constituyan voluntariamente en ella con arreglo al art. 360 de la ley de procedimientos. — Con relacion ú Jacinto Estrella, presente, condeno úá este á un año de prision en la cárcel pública ó en su defecto, á 300 pesos fuertes aplicables al fisco Nacional, de conformidad con el art. 36, tít. 6 de la ley penal de 14 de Setiembre de 1863 y costas de la causa. Repónganse.

Juan Palma.

Estrella apeló ¿ interpuso recurso. de nulidad de esta sentencia alegando que no se habia oido eu defensa con infraccion de la constitucion que la declara inviolable.

Concedido el recurso en relacion se dictó el siguiente Fallo de la Suprema Corte.

Buenos Aires, Setiembre 21 de 1869 :

Vistos, y considerando que el apelante ha sido citado para informar verbalmente, y que por consiguiente es falso el fundamento del recurso, se confirma, con costas, la sentencia apelada de foja cincuenta y cuatro, y devuélvanse.

FRANCISCO DE LAS CARRERAS. — SaLvaDor M. CARrir.—Frascisco Decano. — José B.

Pazos.-—BExITO Canrasco.

Si — .

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Año: 1869, CSJN Fallos: 8:67 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-8/pagina-67

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