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Fallos: 8:441 de la CSJN Argentina - Año: 1869

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79 El capitan, por sus sueldos, conserva siempre el privilegio sobre el buque y fletes, art. 1182.

Caso. —El capitan Milrichs de la barca inglesa « Ocean Bell » tomó en Cadiz un préstamo á la gruesa hipotecando el buque, sus aparejos, Nete y carga.

La póliza del préstamo fué endosado á D. Federico Civils, quien la hizo protestar, y entabló accion ejecutiva por su importe, intereses y costas contra llilrichs, pidiendo el embargo del buque y de la carga.

El juez llamó á juicio verbal al consignatario D. Eduardo Bonilla y á los cargadores, ordenando en seguida la venta del buque en remate público, cuyo producto líquido fué de 41,015 5 m/c.

Despues de varias fases del juicio relativas al pago de los sueldos del capitan y de una cuenta de gastos presentada por el consignatario, Civils insistió porque se pagara su crédito; los cargadores pidieron que no se pagara sino prévia liquidacion, y el juez proveyó que, no concediendo la ley audiencia alguna al ejecutado sino despues de la citacion de remate, se intimara al consignatario y cargadores el pago dentro de tercer dia.

Despachado el mandamiento y hecha la citacion de remate, solamente Bonilla se opuso á la ejecucion alegando las escepciones de inhabilidad del título, compensacion y pago.

Dijo; que él habia pagado anticipadamente los fletes al capitan; que esta paga anticipada compensaba la accion que se ejecutaba contra él ; que era inhábil contra él el título de un préstamo á la gruesa por no haber él intervenido en el contrato, ni ser dueño ó armador del buque; que este título hábil contra el capitan y dueños del buque no podia serlo contra él que era consignatario y fetador y habia pagado el flete 4 la persona legítima.

Conferido traslado, Civils pidió que se dictara sentencia de remate contra los cargadores que no habian deducido oposicion T. VII 30.

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Año: 1869, CSJN Fallos: 8:441 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-8/pagina-441

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