Fallo del Juez de Seccion.
Buenos Aires, Octubre 22 de 1869.
Vistos : estos autos seguidos entr» Don J. H. Van Gorp, capitan de la barca belga «Carlota» y los SS. Getting y Cs, por cobro de cantidad de pesos procedentes de fletes, resulta: Van Gorp acompañando la póliza de fNetamente corriente de f. 1° y la cuenta de f, 40 entabla demanda contra Getting y C°, diciendo: que segun esa póliza los SS. Irving, Erberth y Ca. de Lóndres, fletaron su buque, debiendo consignarse á la entrada á sus agentes en el puerto de la descarga á quienes se abonaria una comision del dos y medio por cienro; pero que los Sres. Getting y C° pretenden cargarle la comision del cinco por ciento y computar el cambio de libras esterlinas al cuarenta y nueve y tres cuartos, cuando es claro que una vez concluido el contrato tiene un derecho perfecto para consignarse á la salida á quien bien le parezca, como igualmente que el cambio debe hacerse á la tasa legal de 4 pesos noventa centavos fuertes por cada libra esterlina, por cuya razon entablaba demanda contra dichos Sres. cobrándoles 2259 pesos 30 centavos fuertes, importe segun la cuenta adjunta de los fletes, prévia deduccion que se ha hecho de la comision y cantidades entregadas á cuenta, y pide sean condenados los demandados al pago con intereses y costas.
Los demandados piden el rechazo de las pretenciones del capitan, aduciendo los siguientes fundamentos:
1" No estar obligados segun dice el contrato á abonar en el puerto de desembarco en dinero efectivo los fletes, sino que el pago debe hacerse en una letra de cambio sobre Lóndres, á tres meses de la fecha, y que por consecuencia en caso de convenir ellos pagar en dinero efectivo en esta plaza, nunca seria sino á la tasa del cambio corriente sobre Inglaterra.
2" Que la comision del cinco por ciento que cargan á la
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Año: 1869, CSJN Fallos: 8:417
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