CAUSA CXXII.
Criminal, contra Nicanor Acebedo, por complicidad en la rebelion y hurto.
Sumario, —- Probando un acusado por delito de rebelion la escusa de fuerza, debe ser absuelto de culpa y cargo.
Caso. — Nicanor Acebedo fué acusado por el Procurador Fiscal de Mendoza ante el Juez Federal, del delito de rebelion agravado con el de hurto, fundándose en los hechos siguientes :
19 Haber servido de ayudante del caudillo rebelde Manuel Arias, encontrándose en los combates contra las fuerzas nacionales, de Lujan, Rinconada y San Ignacio.
2 Haber robado por órden del caudillo Viñas varios animales, caballos y vacas de algunos vecinos, rompiendo las puertas del potrero en que estaban, Pidió contra él invocando las leyes 19, tít. 16, part 73, y 6, tit. 14, lib. 12, Nov. Rec., y el art. 18 de la ley penal nacional, la pena ordinaria de muerte.
El defensor contestó que no era reo del delito de rebelion, porque si había servido en las filas rebeldes, había sido vio= lentado por la fuerza; que hizo todo lo posible para escusar T. VI 9
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Año: 1869, CSJN Fallos: 8:129
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