CAUSA CAI.
D. Custodio Dos Santos Murtine:, contra el vapor « Zenovia » sobre pago preferente de sueldos.
Sumario. — 1 Los buques estrangeros de comercio navegan sujetos úá las leyes de la Nacion que los ha enrolado en su marina, tanto respecto de su régimen interno, como de las condiciones de que depende el carácter que les imprime su matricula, 2 El capitan y tripulantes de los buques de comercio Norte-Americanos, deben ser ciudadanos de la República de Estados Unidos y, siendo de color, nacidos en su territorio, 3" Existiendo esta ley, el propietario de un buque Norte= americano no puede nombrar como capitan del mismo á un ciudadano de otra nacion, 49 Este no puede tener por sus sueldos el privilegio que sobre el precio del buque estabiece el art. 1,021 del Código de Comercio.
5 Los privilegios admiten solo una aplicacion literal y restrictiva.
Caso. — D. Custodio Dos Santos Martinez, capitan del vapor Norte-americano € Zenovia », puesto á bordo del mismo" por
Compartir
76Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1869, CSJN Fallos: 8:125
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-8/pagina-125
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 8 en el número: 125 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos