parciales á Catalinas Sud y que á fin de verificarlo solicitaba permino para ir en su busca.
Como Lahora no upareciera sospechó que ly entrega se hubiese hecho sustrayendo las mercaderías, comprobándose más tarde que la entrega no se hizo por equivocacion y que las mercaderías fueron transportadas por el carrero Juan López, á la tienda sita Alsina número mil trescientos dos.
Burgos César agrega, que ha notado que los talonarios que se llevan en la oficina donde tuvo lugar este hecho, tienen dos holetas en blanco, las que pueden haber servido para justificar las salidas de los bultos. Que para sacar bultos á despacho se nevesita órden escrita firmada por el interesado y el guarda almacen primero ó segundo, y que el peon que pone las mercaderías á despacho debe conservar la órden del empleado; pero que esta práctica es nueva y se ha empezado á seguir despues de este hecho (fojas tres y cuarenta y cuatro).
Teodoro Viera declara : que como á las ocho y cuarto de la mañana, recibió órden del guarda Jacinto Lahora, de sacar de un depósito de la sexta seccion, dos cajones de mercaderíus, uno marca triángulo UB, número mi! cuatrocientos veintidos, y el otro marca ANB, número mil trescientos setenta y uno, y cargarlos en un carro que dirigía Juan Lopez. Los cajones, á más del exponente, fueron puestos en el carro por Félix Potossini, Mariano Brisuela y Juan N., estando tambien presente el guinchero Bonifacio Zárate y don Augusto Pedro, dueño de una tropa de carros.
Al ratificarse en esta declaracion ante el juzgado de seccion, agregó Viera que para sacar los cajones para el Vista recibió órden escrita de Lahora, la que no ha conservado, porque no era de práctica, y que para cargarios éste no le dió órden escrita sino verbal, Que para despachar los bultos se necesita órden de los guarda almacenes, la que antes podía ser dada verbalmente 6 por escri
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Año: 1899, CSJN Fallos: 78:89
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