entiende que apoderado general, señor Decoud, que firmara por Cl. Esta es la verdad comprobada ei: los autos y conocida de sus hijos y deudos, de algunos de su 'egatarios y declarada por sus herederos mayores. No sabe cómo la actora se ha atrevido á tachar de falsedad el boleto cuando en los mismos autos seis voherederos han afirmado lo contrario, exponiendo su apoderado en cumplimiento de instrucciones y que constan en el testimonio poder «que constaba á sus poderdantes mayores de edad, hijos de Bedoya, que vivían en su compañía, que había resuelto vender sus establecimientos de campo, encomendando su venta á don Félix Pico, quien había presentado diferentes ofertas, despues de prolijas diligencias, las cuales habían sido mejoradas por el doctor Torrent y el señor Recalde, por cuya causa fueron preferidos y »e suscribió el boleto, que en presencia de los corredores que intervinieron en el acto del contrato y que suscribieron el boleto, del tenedor de libros de Bedoya, de doña Tomasa Bedoya y de varios legatarios y deudos rogó á Decoud, su apoderado general, que firmara por él el boleto de venta citado; que estos antecedentes le habían sido trasmitidos por los hijos mayores de Bedoya, que empeñaban doblemente su fe y .
conciencia en el cumplimiento de lus obligaciones contraidus por su padre durante su vida, y de su libre y espontánea libertad». Tales son los conceptos vertidos por don Máximo Sandivar, con ligera variacion de palabras al ocuparse del boleto mencionado romo apoderado especial de don José Vicente y de doña Tomasa Bedoya, herederos mayores de don José Diaz de Bedoya, Despues de esto, excusa ocuparse del discernimiento de tutor especial al doctor Garrigós, y de si Decoud firmó á ruego 6 por poder, desde que el ruego en el caso implica mandato, Tampoco quiere contestar lo que se dice del inventario y otras cosas parecidas, porque los actos que invoca serán su mejor desmentido, y por todo lo expuesto pide se rechace la demanda con costas,
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Año: 1899, CSJN Fallos: 78:413
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