Saltar al contenido Principal Saltar al Buscador

Fallos: 78:408 de la CSJN Argentina - Año: 1899

Anterior ... | Siguiente ...

Caso. — Resulta del Valle del Juen Federal La Plata, Febrero 28 de 1898.

Y vistos: Lus autos seguidos por doña Petrona Diaz de Bedoya de del Campo contra el doctor don Juan E, Torrent, sobre nulidad de un boleto de compra-venta y reivindicacion, de los cuales resulta:

La demandante sólo tenía ocho años de edad cuando sucedió el fallecimiento de su padre natural don José Dias de Bedoya, que dejó un testamento ológrafo en que les instituyó ú ella y otros hijos, sus únicos y universales herederos, nombrándoles por tutor á don Felipe Recalde, y albaceas testamentarios mancomunados al mismo señor Recalde y don Pedro Nolasco Decoud, Nueve días despues de fallecido el señor Bedoya, los albaceas se presentaron al Juez de Feria pidiendo la apertura del testamento, que era urgente en razon de un negocio de importancia, la cual se hizo quedando protocolizado en el Registro del señor Cabral.

El negocio se encontraba enunciado en un boleto de venta de los establecimientos « La Argentina» y « Toldos Viejos», con todas sus haciendas, de propiedad del testador, siendo sus compradores el doc'or don Juan Eusebio Torrent y el albacea don Felipe Recalde. El boleto de venta estaba firmado á ruego del vendedor por el albacea señor Decoud, aunque aquel sabía firmar como lo demuestra el testamento cerrado que dejó.

La fecha de este documento es 30 de Noviembre de 1872, nueve dias antes de la muerte del señor Bedoya y es necesario

Anterior ... | Siguiente ...

Apoya a Universojus!
Invitame un café en cafecito.app

Compartir

41

Citar Página

Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente referencia:

Año: 1899, CSJN Fallos: 78:408 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-78/pagina-408

¿Has encontrado algún error en el texto?

Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 78 en el número: 408 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.

Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos