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Fallos: 73:416 de la CSJN Argentina - Año: 1898

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416 FALLOS DE LA SUPREMA CONTE
VISTA DEL PROCURADOR FISCAL
Buenos Aires, Marzo de 1898, Señor Juez:

Acatando como correspond» la resolucion de la Suprema Cor te de foja 101, que declara que en lo actuado no existen indicios ni presunciunes, ni la semiprueba, en general bastante para dictar la órden de prision preventiva contra Constatt Ropes, y teniendo en cuenta que á su respecto ; por el momento se han agotado los medios de investigacion, habiendo transcurrido un lapso de tiempo que no permite mantener al mencionado Ropes, sujeto á más dilatado proceso, creo que V. S. puede acecder ú lo que se solicita en el precedente escrito, dictando el sobreseimiento respecto del indicado procesado. Pero creo que ese sobreseimiento debe ser dictado por V. S. no definitivo como »° solicita, sinó simplemente provisional, que es el que en sentir de este ministerio legalmente corresponde. Tomando el hecho que constituye el caso, segun las constancias de autos, y dándole e: mérito legal que la expresada sentencia de la Suprema Corte la atribuye, no sólo respecto del hecho en sí, sinó bajo el punto de vista de la culpabilidad del acusado, resulta que no encuadra dentro del artículo 434 del Código de Procedimientos Penal, que es el que determina los casos de sobreseimiento definitivo.

En efecto, enel presente caso existe: 1 probada 6 indiscutida la perpetracion del delito, lo que contraría el inciso 1°del mencionado artículo; 2 que la adulteracion que motiva el juicio es hecho que por su naturaleza constituye delito, lo que contraría el inciso 2 del mismo ; 3" que si bien por la resolucion de la Suprema Corte, las cons

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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:416 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-73/pagina-416

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