la nacion, de 14 de Setiembre de 1883, cuya pena V. S. debe A aplicarle.
En cuanto 4 José Garibaldi considero que V. S. debe ordenar el sobreseimiento provisional respecto de él, por no existir en autos, prueba bastante para creer en su culpabilidad en este asunto (artículo 435 del Código de Procedimientos Penal).
J. Botet, Fallo del Juez Federal —' Buenos Aires, Noviembre 16 de 1897, Y vistos: Estos autos seguidos contra José Garibaldi y Ciro Gabbi, acusados de circulacion de billetes falsos de banco de los que resulta :
Que teniendo sospechas la Policía de que José Garibaldi fuese circulador de billetes falsos de banco, se le estableció vigilancia, siendo comisionado al efecto el auxiliar Schiaroni, quien procedió ú la detencion de éste y de Ciro Gabbi, habiendo éste Último, al ser detenido, arrojado á la calle una cantidad de billetes que resultaron ser 37 de 20 pesos, y 6 de 10, todos falsos, Que instruido el sumario correspondiente, ú foja 7, declara el agente Pascual Trotta, manifestando que Ciro Gabbi tenía en la mano, cuando fué detenido, un paquete al parecer de billetes de banco, y que al ver aproximarse los agentes de policía emprendió la fuga y en el momento de ser detenido en la misma cuadra arrojó al suelo los billetes que, recogidos, resultaron ser los que se mencionan en el resultando anterior; siendo igual la declaracion prestada por el agente de policía Francisco Larrosa, Que á foja 42 declara el testigo Angel Mendía que á alguna distancia vió que una persona tenía sujeto por el brazo de
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Año: 1898, CSJN Fallos: 73:352
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