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Fallos: 70:132 de la CSJN Argentina - Año: 1897

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chos pagarés y las referencias de los demandados, en cuanto ú situacion del inmueble, queno han sido contradichos.

Que tanto don Desiderio Onieva, propietario originario de esos pagarés, como don Francisco Bolla, 4 quien se los endosó el dia inmediato siguiente al del otorgamiento, intervenían y procedían en esa operacion en nombre y representacion de la sociedad anónima expresada, el primero en su carácter de presidente del directorio, y el segundo como administrador de la misma, segun lo expresan ellos mismos en sus declaraciones de fojas 197 y 149; de donde sesigue que el endoso hecho por Onieva á favor de Bolla, y el deéste á favor de Julian Molina, actual ejecutante, deben considerarse beneficiados por la sociedad anónima «Primer Ingenio Argentino», verdadera acreedora de esas obligaciones, en virtud del contrato de compra-venta del campo oelebrado con los demandados, 4 que ya se ha hecho eferencia.

Que este contrato de compra-venta, de donde derivan las obligaciones que se demandan, como una parte del precio estipulado, está palmariamente demostrado en autos que no se ha cumplido por parte de la sociedad anónima vendedora, pues segun las declaraciones citadas de Onieva y Bolla, las cartas y telegramas de fojas 155 á 156, y foja 165, 6 informe de foja 177 vuelta, la tradicion traslativa de la posesion del campo vendido no se ha efectuado á favor delos compradores Caferatta y Multedo, lo que importa decir, deacuerdo con el artículo 3265 del Código Civil, que ellos no han adquirido el dominio del inmueble.

Que por lo tanto, los compradores estaban y están autorizados á rehusar el pago de esas obligaciones, á la sociedad e Primer Ingenio Correntino», titular de esos créditos, ó sea, á sus representantes, Onieva y Bolla, desde que, como dice la Suprema Corte en su fallo de foja 84, las relaciones primitivas de derecho, del propietario originario de los pagarés con el deu

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Año: 1897, CSJN Fallos: 70:132 
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-70/pagina-132

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