Que por tal razon no era justo sostener la cóndenacion de la sentencia apelada.
Falle de la Suprema Corto. , Buenos Aires, Abril 145 de 1869.
Vistos: de conformidad con lo espuesto y pedido por el señor Procurador General, se revoca la sentencia apelada de fojas ciento veinticinco 4 ciento veintiseis, y se absuelvo 4 Don Francisco Domingo Aguilar de toda culpa y cargo, devolviéndose la causa.
Francisco DE LAs CARnenas.— SALVADOR Manía DEL Cani. Francisco DerGADO.— José Banños Pazos, — Benito CARRnasco.
— 7 —
Compartir
77Citar Página
Para citar esta página puedes copiar y pegar la siguiente
referencia
:
Año: 1869, CSJN Fallos: 7:159
Extraido de : https://universojus.com/csjn/tomo-7/pagina-159
¿Has encontrado algún error en el texto?
Por favor, tenga en cuenta que los textos mostrados en esta página web pueden contener errores ortográficos o ser difíciles de leer debido al proceso de reconocimiento óptico aplicado a documentos antiguos extraídos de los PDF de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Puede acceder a los documentos originales en el siguiente enlace: CSJN en específico en el Tomo: 7 en el número: 159 . Se recomienda utilizar los textos proporcionados aquí solo con fines informativos y considerar la fuente original para una referencia precisa.
Si encuentras algún error o tienes alguna consulta, no dudes en contactarnos