CAUSA XXEVIENE,
Criminal contra D. Francisco Domingo Aguilar, por violacion de iralados internacionales.
Sumario. — Tomar un dinero á un chileno con el objeto de impedir la consumacion de un delito, y no imponer contribucion y requisicion militar, mo importa la violacion del articulo 5° del Tratado con Chile.
Caso.—El Procurador Tiseal de la Sección de San Juan acusó 4 D. Francisco Domingo Aguilar, ex-subielegado de la Villa de Jachal, como reo del delito de violacion de la Constitucion y de tratados internacionales, por haber tomado 4 D.
Teodoro Herrera unas vacas y á D, Zoilo Lozada Rosa unas mulas para venderlas en Chile; haber tomado un dinero y revolver á un chileno D, Andrés Centeno; haber impuesto contribuciones forzosas á los chilenos D. Manuel Antonio Esquivel y D. Luis Casanova, y á un español D. Antonio Bueno.
Y pidió se le condenára 4 una multa de 300 pesos fuertes, á la restitucion de las cosas y sumas tomadas, indempizacion de daños y perjuicios, y á las costas, El defensor de Aguilar contestó que los hechos acusados habian tenido lugar en servicio del Gobierno legal, despues de vencida la revolucion de Cuyo, y para hacer frente á los
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Año: 1869, CSJN Fallos: 7:154
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